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jueves, febrero 5, 2026
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SCJN rechaza amparo contra Ley de la FGR

En sesión del pleno, por mayoría de siete votos, la SCJN revocó la decisión de un tribunal colegiado que había dado entrada al amparo y confirmó la cancelación del juicio. El proyecto, elaborado por el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz, sostuvo que la entrada en vigor de la ley no genera una afectación directa a la asociación, por lo que su interés resulta “hipotético o abstracto”.

Los ministros Yasmín Esquivel Mossa y Giovanni Azael Figueroa Mejía votaron en contra, argumentando que debía reconocerse un interés legítimo amplio para asociaciones civiles que defienden derechos humanos.

MUCD señaló que la Ley de la FGR, aprobada en 2021, representa una regresión respecto a la legislación de 2018, pues limita derechos de las víctimas como:

Acceso a las carpetas de investigación.
Participación activa en las indagatorias.
Posibilidad de impugnar decisiones del Ministerio Público.

La organización advirtió que la resolución de la Corte “da la espalda a las víctimas” y profundiza la crisis de impunidad en el país.

Entre los puntos más críticos, MUCD destacó que la ley permite al Ministerio Público restringir el acceso a registros de investigación bajo criterios discrecionales, y reduce la obligación de seguir las líneas propuestas por las víctimas. Además, criticó que la autonomía de la FGR se interpretó de manera tan amplia que le permite excluirse de órganos colegiados como el Consejo Nacional de Búsqueda.

La sentencia no se pronunció sobre la constitucionalidad de la Ley de la FGR, sino únicamente sobre la falta de interés legítimo de la asociación. Esto significa que los artículos impugnados podrán ser cuestionados en el futuro si existe un acto concreto de aplicación que cause perjuicio.

La decisión de la Suprema Corte marca un precedente en la relación entre sociedad civil y acceso a la justicia. Mientras MUCD advierte que se limita la defensa de las víctimas y se fortalece la discrecionalidad de la FGR, el máximo tribunal sostiene que las asociaciones no pueden impugnar normas que regulan la estructura interna de la fiscalía sin acreditar un agravio directo. El debate refleja la tensión entre autonomía institucional y derechos de las víctimas en el sistema de justicia mexicano.

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